Instrucciones sobre quemas

Procedimiento 2025 para autorizar quemas agrícolas
En la Región de Murcia, la normativa de quemas está amparada por el Decreto-ley 1/2023, de 5 de abril, por el que se regula la eliminación excepcional de restos vegetales generados en explotaciones agrícolas, mediante quema controlada “in situ”, como medida fitosanitaria para evitar la proliferación y dispersión de organismos nocivos de la Región de Murcia así como su aplicación a las pequeñas y microexplotaciones agrarias.
Esta ley establece las condiciones para la eliminación excepcional de restos vegetales generados en explotaciones agrícolas mediante quema controlada "in situ" como medida fitosanitaria para evitar la proliferación y dispersión de organismos nocivos ¹.
Aspectos a tener en cuenta:
Requisitos y Condiciones
- La quema de restos vegetales solo está permitida con autorización individualizada o comunicación previa, según sea el caso.
- Las pequeñas y microexplotaciones agrarias están dispensadas de la prohibición general de quemar residuos vegetales, pero deben cumplir con ciertas condiciones.
- La quema debe realizarse en un horario específico y con viento en calma (no superior a 5 km/h).
- Se debe mantener una distancia mínima de 400 metros a colegios, guarderías, centros sanitarios y lugares de actividades deportivas al aire libre.
- El interesado debe permanecer vigilando la quema hasta que esté completamente extinguida.
Documentación Necesaria
- Para autorizaciones individualizadas: solicitud de autorización y informe técnico justificativo emitido por un asesor en Gestión Integrada de Plagas.
- Para pequeñas y microexplotaciones: comunicación previa con datos mínimos establecidos en el Anexo II B.
Condiciones Específicas
- Se deben seguir las prescripciones del Anexo III y IV del Decreto-ley 1/2023.
- La quema en áreas de influencia forestal requiere medidas adicionales para prevenir incendios forestales ¹.
ANEXOS
Todos los anexos se encuentran al final del documento PDF siguiente:





