Publicado el Documento de Alcance de evaluación ambiental que permitirá generar suelo industrial en Casablanca
El Ayuntamiento de Abarán, como órgano sustantivo, ha publicado recientemente en el tablón de anuncios de su sede electrónica el Documento de Alcance del estudio ambiental estratégico vinculado con la modificación puntual del Plan General, con arreglo al procedimiento descrito en el artículo 19.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental; lo que permitirá generar suelo industrial en la comarca de Casablanca, situada en un enclave estratégico junto a la A-33 y con un gran potencial de generación de empleo en nuestro municipio.
El documento, emitido por la Dirección General de Medioambiente, con la que se viene trabajando estrechamente para lograr este importante hito desde abril de 2021, describe cómo ha de redactarse el Estudio Ambiental Estratégico, que será remitido por la empresa promotora. El proceso ha pasado por el trámite de consultas a administraciones públicas y particulares, con publicación en el BOE de fecha 6 de abril de 2022.
Para llevar a cabo un trabajo de este calibre, en palabras del alcalde del municipio, Jesús Gómez, ha sido necesario que distintos organismos hayan emitido los informes preceptivos, como es el caso de la Confederación Hidrográfica del Segura, la Dirección General de Territorio y Arquitectura, la Demarcación de Carreteras del estado, la Dirección General de Seguridad Ciudadana y Emergencias, Medio Natural y los servicios técnicos del propio Ayuntamiento. "Estamos un paso más cerca de hacer realidad uno de los proyectos más importantes de las últimas décadas en Abarán, con nuevo suelo industrial para atraer inversiones y crear empleo en el municipio. Son trámites que se demoran en el tiempo, no obstante, llevamos casi dos años trabajando en este proyecto."
El Documento de Alcance estará expuesto por el plazo de un mes. En las próximas semanas se podrá elevar a pleno la aprobación inicial de la modificación del plan general para el desarrollo del treinta por ciento del sector, con arreglo al punto tercero del régimen transitorio contemplado en el artículo 100 de la LOTURM.