Excmo. Ayuntamiento de

Abarán

Bono Social Eléctrico

Base legal

El Bono Social de Electricidad es un mecanismo regulado por el Gobierno con la finalidad de proteger a los consumidores vulnerables con menores posibilidades económicas.

El Real Decreto 897/2017, de 8 de octubre de 2017 y el Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre de 2018, recoge los criterios para ser beneficiario del Bono Social Eléctrico.

En ella se establecen tres categorías de clientes vulnerables: consumidor vulnerable, vulnerable severo y consumidor en riesgo de exclusión social, con distintos descuentos sobre el precio del kw para el pequeño consumidor (PVPV).

También hay un límite de consumo sobre el que se realizará el descuento, dependiendo de la unidad familiar, (con o sin menores, familia numerosa y pensionistas con pensión mínima).

Requisitos

  1. Tener contratado el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) en la vivienda habitual.
  2. Cumplir los requisitos personales, familiares y de renta de consumidor vulnerable.

Categorías, descuentos e ingresos máximos

Se consideran consumidores vulnerables, con derecho a un descuento del 25%:

  • Pensionistas, con una pensión mínima, sin requisitos previos. Consumo anual con descuento 1.932kw.
  • Familias numerosas, sin requisitos previos. Consumo anual con descuento 4.140kw.
  • Unidad familiar sin menores, con ingresos anuales inferiores a 11.279€, con circunstancias especiales ascendería a 15.039€. Consumo anual con descuento 1.380kw.
  • Unidad familiar con 1 menor, con ingresos anuales inferiores a 15.039€, con especiales ascendería a 18.799€. Consumo anual con descuento 1.932kw.
  • Unidad familiar con 2 menores, con ingresos anuales inferiores a 18.799€, con circunstancias especiales ascendería a 22.559€. Consumo anual con descuento 2.346kw.

Tienen la condición de consumidor vulnerable severo, con derecho a un descuento del 40%:

  • Pensionistas, con pensión mínima, con ingresos anuales inferiores a 7.520€. Consumo anual con descuento 1.932kw.
  • Familias numerosas con ingresos anuales inferiores a 15.640€. Consumo anual con descuento 4.140kw.
  • Unidad familiar sin menores, con ingresos anuales inferiores a 5.640€, con circunstancias especiales asciende a 7.520€. Consumo anual con descuento 1.380kw.
  • Unidad familiar con 1 menor, con ingresos anuales inferiores a 7.520€, con circunstancias especiales asciende a 9.340€. Consumo anual con descuento 1.932kw.
  • Unidad familiar con 2 menores, con ingresos anuales inferiores a 9.340€, con circunstancias especiales asciende a 11.279€. Consumo anual con descuento 2.346kw.

Se considera consumidor en riesgo de exclusión social: cuando el beneficiario cumpla los requisitos de acceso a descuento del 40% y, además, tenga otorgada una ayuda de los Servicios Sociales que cubra, al menos, el 50% del importe de la factura de electricidad, no tendrá que pagar nada.

Se consideran circunstancias especiales y, por tanto, el requisito de renta máxima a cumplir por la unidad familiar es mayor:

  • Discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
  • Víctima de violencia de género.
  • Víctima de terrorismo.
  • Dependencia de grado II o III.
  • Familias monoparentales.

Documentación

La documentación necesaria para solicitar el Bono Social es:

  1. Formulario de Bono Social firmado por todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años.
  2. Fotocopia del DNI del titular y de cada uno de los miembros de la unidad familiar, incluidos los menores de 14 años, que dispongan de él.
  3. Fotocopia del Libro de Familia o certificación de la hoja individual del Registro Civil del titular y de cada uno de los integrantes de la unidad familiar o cualquier otro documento expedido por la autoridad competente que acredite, de manera fehaciente, el estado civil del solicitante, (por ej. “certificado de fe de vida y estado”).
  4. Certificado de empadronamiento, en vigor, del titular y de todos los miembros de la unidad familiar.
  5. Fotocopia del título de Familia Numerosa. (Solo necesario en caso de familias numerosas).
  6. Certificado de los Servicios Sociales del órgano competente, o del órgano que designe la comunidad autónoma, que acredite Circunstancias Especiales. (Solo necesario en caso de cumplir circunstancias especiales, salvo las familias monoparentales).

¿Cómo solicitar el Bono Social Eléctrico?

Rellenar el formulario, que puede obtenerlo: telefónicamente, por correo postal, online o acudiendo al punto de atención de la comercializadora donde se tiene contratado el suministro eléctrico.

Y entregarlo, junto con la documentación necesaria, por correo electrónico, correo postal o entregándolo en el punto de atención de la comercializadora.

Si lo desea, puede hacer la solicitud desde la web de la comercializadora, tan solo tiene que descargar y rellenar el formulario de solicitud, imprimirlo, firmarlo por todos los miembros de la unidad familiar, y escanearlo. La propia web le irá indicando los pasos a seguir. Debe tener todos los documentos escaneados y en fichero PDF, para adjuntarlos cuando el programa se lo solicite. Tiene que disponer de correo electrónico porque al mismo le llegará el justificante de solicitud y todas las comunicaciones que sean precisas.